Prestaciones sociales y
asistencia sanitaria en Noruega
Noruega tiene un amplio sistema sanitario y una bien desarrollada red de Seguridad Social. Todo residente en el país tiene derecho a prestación económica y otras formas de asistencia pública en caso de enfermedad, vejez o desempleo. El 35 por 100 del presupuesto del Estado va destinado al sistema sanitario y social. Dos leyes – la Ley General de la Seguridad Social y la Ley de Servicios Sociales – constituyen los pilares legales sobre los que se apoyan los derechos sociales de los ciudadanos.
Por Målfrid Bolstad
El sistema sanitario y de prestaciones Noruega se financia principalmente con cargo al presupuesto público por conducto de la tributación general y de impuestos específicos suplementarios. El Régimen General de la Seguridad Social es un sistema de seguro colectivo cuya acción protectora abarca a todos los habitantes del país. Todo trabajador asalariado cotiza a la Seguridad Social un porcentaje fijo de su remuneración personal. Además, el empresario aporta una cuota, calculada porcentualmente sobre la retribución del empleado. La cotización del trabajador autónomo es algo más elevada que la del trabajador por cuenta ajena, ya que no paga la parte empresarial de los seguros sociales. Los trabajadores domésticos, desempleados, estudiantes y otros no remunerados no cotizan a la Seguridad Social, pero están incluidos en ella y tienen derecho a la misma asistencia sanitaria que los trabajadores asalariados. Las prestaciones económicas en caso de desempleo, enfermedad o vejez dependen de los ingresos percibidos. Las prestaciones económicas de asistencia social se conceden según una evaluación individualizada de la necesidad.
Enfermedad
La persona que caiga enferma en Noruega tiene garantizada asistencia médica. El sistema de salud pública es una piedra angular del Estado de Bienestar noruego. Para las autoridades, es objetivo primordial la universalización de la asistencia sanitaria de calidad. Como principio básico, la asistencia sanitaria se presta según la necesidad, no según la capacidad económica. La aportación del beneficiario es limitada. Nadie abonará más de NOK 1.370 al año (año 2000) por servicios sanitarios públicos. En el régimen de cuota parte asumida por el usuario se incluye la consulta a médicos generalistas, especialistas y psicólogos con subvención a la explotación a cargo del municipio y de la provincia. Se incluyen también las medicinas gratuitas, el instrumental médico y el tratamiento en institutos de radiología privados. Es gratuito el tratamiento de los pacientes internos en los hospitales.
Igualdad de condiciones en todo el país
Noruega es un país de poca densidad demográfica. Por esa razón, la responsabilidad del sistema sanitario público está descentralizada. La nación se divide en cinco regiones sanitarias, 19 Administraciones provinciales y 435 Municipios. Cada unidad administrativa asume la responsabilidad de su participación en los servicios sanitarios.
Los servicios sanitarios se financian en parte por conducto de la Seguridad Social General y en parte a través de sumas globales que el Estado transfiere a las Administraciones municipales y provinciales. Dichas cantidades se suplen con asignaciones unitarias: fondos reservados a campos y problemas prioritarios. El objeto es estimular el sistema sanitario local para que se concentre en dichos ámbitos, entre otras cosas, la financiación de gastos hospitalarios, de la psiquiatría, del tratamiento del cáncer y los costes de instrumentos y equipo para hospitales.
La Medicina general en primer término
La asistencia sanitaria municipal es el fundamento del sistema noruego de salud pública y corresponde a los Ayuntamientos la responsabilidad de las medidas preventivas, el servicio de Medicina general, de rehabilitación, cuidados y atención. El enfermo puede acudir a su ambulatorio o médico local y recibir tratamiento en la mayoría de los casos. El cometido del facultativo que dispensa atención primaria es emitir un diagnóstico en fase temprana, tratar problemas sencillos y comunes y remitir el paciente al especialista cuando sea necesario.
Las actividades de atención primaria de salud están muy bien organizadas en Noruega. La cobertura médica muestra variaciones geográficas, pero es particularmente elevada en áreas de escasa densidad de población e inferiores condiciones de comunicación, como, por ejemplo, en la región septentrional del país.
El 1 de junio de 2000 entró en vigor en Noruega la reforma del sistema de médico de cabecera. Dicha reforma tiene por objetivo mejorar la calidad de los servicios de Medicina general haciendo que todos aquellos que lo deseen puedan tener un médico de referencia fijo. El sistema dará una mayor seguridad a la población por medio de mejorar la accesibilidad al generalista. La reforma deberá contribuir a una mayor continuidad de la relación entre el médico y su paciente y permitir un reparto más racional de los recursos sanitarios del país.
Muchos hospitales pequeños
Las Administraciones provinciales y, en parte, el Estado poseen y gestionan los establecimientos hospitalarios de Noruega. La
existencia de muchos hospitales pequeños, que a menudo prestan los mismos servicios, ha hecho deseable un mayor control estatal. El objeto es intensificar la cooperación entre los hospitales y mejorar la coordinación de sus especialidades respectivas. A las cinco regiones sanitarias se les ha asignado un papel más preeminente en la planificación de las actividades hospitalarias. En los términos de la nueva ley relativa a los derechos de los pacientes, estos últimos deben poder escoger libremente un hospital al nivel nacional. Con ello se abre la vía a una mejor utilización de los recursos y se favorece la competencia moderada entre los hospitales.
Tratamiento en el extranjero
Si la enfermedad es peligrosa o especialmente penosa y los hospitales noruegos carecen de la competencia necesaria para su debido tratamiento, la Seguridad Social cubre los gastos de asistencia médica en el extranjero. En lugar de promover en Noruega competencia profesional para el tratamiento de enfermedades sumamente raras, en ciertos casos, se adquieren tales servicios en otros países. La demanda de tratamiento en el extranjero ha aumentado notablemente durante los últimos años.
Listas de espera
El sistema noruego de listas de espera para tratamiento hospitalario es único en el plano internacional. Todo solicitante de reconocimiento médico o de tratamiento en un hospital público –a excepción de quien precise asistencia urgente– es inscrito en una lista de espera. De ese modo se sabe, en todo momento, cuántos pacientes están esperando tratamiento, qué enfermedades son y en qué hospitales se presta asistencia.
El sistema de listas de espera es un valioso recurso para las autoridades: un medio para evaluar la capacidad hospitalaria y la elección de prioridades de acuerdo con las directrices nacionales. Los pacientes de prioridad preferente reciben tratamiento de inmediato. Los pacientes de segunda prioridad –enfermos graves– tienen garantía de lista de espera y tratamiento asegurado antes de tres meses. Los demás enfermos deben esperar hasta que haya vacantes. El sistema de listas de espera fue implantado en 1990.
En la mayoría de los casos, ha sido posible cumplir la garantía de tratamiento en el plazo de tres meses, pero la duración del tiempo de espera varía según la provincia y el campo de especialidad médica. Las listas de espera más largas se dan en las especialidades de ortopedia y otorrinolaringología.
Muchos retos
En la actualidad se están mejorando constantemente las técnicas de diagnóstico y los métodos de tratamiento de alto nivel de especialización. La telemedicina y la biotecnología están avanzando. Noruega también ha progresado mucho, relativamente, en el desarrollo y utilización de material estadístico y datos médicos, una evolución que seguirá siendo objeto de atención preferente. Lo mismo puede decirse del perfeccionamiento de la tecnología de la información.
Las afecciones relacionadas con el estilo de vida –enfermedades cardiovasculares– están disminuyendo, pero van en aumento el cáncer, las alergias, las afecciones del aparato respiratorio, las enfermedades musculares y óseas y otras causadas por el desgaste de trabajos físicos duros y reiterativos, que son, hoy día, la causa más frecuente de largos períodos de baja por enfermedad o de incapacidad laboral. Las afecciones mentales también van en aumento y crece el número de suicidios, especialmente entre personas jóvenes y varones de más de 80 años. Afortunadamente, esta tendencia parece estar remitiendo.
Demográficamente, Noruega está envejeciendo. El número creciente de habitantes de edad avanzada –en particular de la cuarta edad– supone un desafío para los servicios sanitarios. De ahí que se deba atribuir mayor importancia al cuidado y atención cotidianos de estas personas.
Una cuestión primordial que debe aclararse es dónde fijar la línea divisoria entre la responsabilidad de los servicios sanitarios públicos en relación con otros servicios de bienestar. La desigualdad de ingresos, el desempleo y una inadecuada red de asistencia social constituyen factores de riesgo que hacen aumentar la frecuencia de enfermedades, lesiones y problemas sociales. La cuestión es si compete al sistema sanitario público el tratamiento de problemas y crisis cotidianos o si otros sectores debieran están mejor preparados para prevenir que surjan y se desarrollen tales problemas. Otra cuestión que se plantea es determinar los límites de la responsabilidad del sector público.
Subsidio de enfermedad para todos
Todo trabajador por cuenta ajena tiene derecho a subsidio de enfermedad desde el primer día de ausencia en el trabajo. El abono de la prestación económica de los primeros dieciséis días calendarios lo efectúa la empresa.
Después paga la Seguridad Social. El subsidio de enfermedad equivale al salario normal, pero tiene un límite superior que corresponde a seis veces la cuantía básica de la Seguridad Social. (La cuantía básica es actualmente de NOK 46.950 al año.) Sin embargo, el Estado, las Corporaciones Locales y algunas grandes empresas cubren la diferencia entre el subsidio de enfermedad y el salario normal, de modo que los perceptores de sueldos altos reciban plena compensación.
El régimen de subsidio de enfermedad y la frecuencia y duración de las ausencias en el trabajo son objeto de continuas polémicas. Por lo general, se coincide en que la tasa de absentismo es demasiado alta, y que un sistema de compensación menos generoso contribuiría a hacerla disminuir. El empleado puede percibir subsidio de enfermedad por un período máximo de un año. Al cabo de doce meses, se aplican otras modalidades de prestación económica a cargo de la Seguridad Social.
Subsidio de rehabilitación y pensión de invalidez
Los beneficiarios de una medida de reinserción profesional siguiendo a la pérdida de ingresos por causa de enfermedad, accidente o minusvalía física o psíquica, tienen derecho a un subsidio de rehabilitación.
Si la capacidad de obtener ingresos sigue siendo del 50% o menos después de haber seguido el tratamiento apropiado con vistas a la reinserción profesional, el interesado puede aspirar a una pensión de invalidez de la Seguridad Social.
Los afectos de invalidez congénita o contraída en edad joven no han podido cotizar para la pensión suplementaria. Si la invalidez se justifica por dictamen facultativo, los interesados tienen derecho a pensión suplementaria garantizada. La pensión de invalidez es una prestación duradera que se percibe hasta la edad de la jubilación (67 años.) De ocurrir modificaciones importantes con incidencia sobre la capacidad de obtener ingresos del interesado se evaluará nuevamente la tasa de invalidez. Los minusválidos reciben igualmente ayuda de la Seguridad Social para sufragar sus gastos de medicinas, recibir cuidado y atención en el hogar, adquirir dispositivos técnicos y, de ser necesario, incluso automóvil equipado especialmente.
En la actualidad, más del 9 por 100 de la población noruega en edad de trabajar percibe total o parcialmente pensión de invalidez. Su número se ha doblado durante las dos últimas décadas, a pesar de que el crecimiento demográfico ha sido insignificante. El creciente número de perceptores de pensión de invalidez preocupa a las autoridades y a los profesionales del sector sanitario y del sector de la asistencia social. Es probable que dicho incremento se deba en gran parte al desempleo, el alcoholismo y la drogadicción.
Asistencia social
Mientras que la Ley General de la Seguridad Social establece la responsabilidad del Estado con respecto a los habitantes del país, asegurando así sus derechos, la Ley de Servicios Sociales determina los cometidos sociales que corresponden a los entes municipales. Esta última ley es, en grado mucho mayor, objeto de interpretación. Corresponde al Ministerio de Sanidad y de Asuntos Sociales, eventualmente al Gobernador Civil, el control y vigilancia del cumplimiento de la Ley.
Toda persona que se dirija a una Oficina de Asistencia Social del municipio pidiendo ayuda – bien por problemas de vivienda, dificultades económicas, necesidad de asistencia práctica u otras necesidades– tendrá derecho a que su caso sea tramitado y resuelto.
El número de perceptores de prestaciones económicas de
asistencia social aumentó considerablemente en los años 80, permaneció estable durante los 90 y está bajando actualmente. Corresponde a los Ayuntamientos fijar el nivel de las prestaciones asistenciales, pero toda persona que pide una prestación económica de asistencia social tiene derecho a que se considere su caso por separado. Partidos políticos de orientación diversa coinciden en que se exijan pruebas de su necesidad a los perceptores de tales prestaciones.
Los servicios sociales municipales también están obligados a prestar ayuda a drogadictos y alcohólicos; por ejemplo, procurando plaza de tratamiento en instituciones. La Ley permite el internamiento forzoso de personas con graves problemas de alcoholismo o drogadicción. El tratamiento tiene lugar en instituciones dirigidas por las Administraciones provinciales o por entidades privadas que reciben fondos públicos. Un alcohólico o toxicómano puede permanecer internado forzosamente en una institución por un máximo de tres meses. Las drogadictas y las alcohólicas embarazadas pueden en ciertos casos ser puestas a tratamiento forzoso cuando hay peligro de que su consumo de alcohol o de estupefacientes sea perjudicial para el niño no nacido.
En los últimos años, el Estado ha dado mucha importancia a la cooperación de los usuarios y a asegurar que las personas con necesidad de ayuda múltiple reciban una oferta de asistencia integral. El objetivo que se pretende alcanzar es un nivel de funcionamiento lo más alto posible. Para alcanzarlo, el Estado ha fomentado el uso de programas individuales, medida impuesta en parte por el legislador. Los programas individuales se elaborarán con la participación del usuario. A continuación, el Estado ha fomentado el desarrollo de grupos de concertación entre las Administraciones locales con el fin de asegurar la cooperación planificada entre los servicios administrativos destinados a grupos-diana comunes.
La tercera edad
Cuatro de cada diez, o lo que es igual, el 40 por 100 de los noruegos mayores de 67 años tienen una enfermedad que les hace difícil la vida cotidiana (casi el 22 por 100 de toda la población, según el Estudio sobre las Condiciones de vida 1995.) En su mayoría, los que caen enfermos tienen afecciones cardiovasculares y enfermedades musculares u óseas. Cuatro de cada diez ancianos (mayores de 67 años) dependen de asistencia domiciliaria, mientras que el 8 por 100 vive en instituciones, debido esencialmente a problemas geriátricos. Entre los mayores de 80 años, casi el 40 por 100 es asistido en su domicilio mientras que el 17 por 100 vive en instituciones. De 1997 a 1998 ha aumentado en el 52 por 100 el número de unidades de trabajo año en el sector de los servicios de cuidados y atención. Gran parte de este incremento se debe a que los Ayuntamientos son ahora responsables de la asistencia a los disminuidos psíquicos. La actividad laboral en los servicios de cuidados y atención no ha ido a la par del considerable aumento de personas mayores de 80 años. En Noruega ya no hay costumbre de que la familia se encargue del cuidado de sus mayores. En la moderna sociedad urbana, jóvenes y viejos viven a menudo muy separados unos de otros y la mayoría de las mujeres trabajan fuera del hogar. Por ello, ahora hay menos ocasión de dispensar asistencia en el seno de la familia que hace unas décadas. Consecuenemente, el Storting ha aprobado un plan de acción para reforzar los servicios de asistencia a la tercera edad por el que se acuerda la concesión, durante 4-6 años, de ayudas estatales que contribuirán a la creación de viviendas adaptadas y plazas en instituciones hasta totalizar 24.000, y de 12.000 unidades de trabajo año, aproximadamente.
La economía de la tercera edad
La edad de jubilación en Noruega es 67 años. El jubilado percibe una pensión vitalicia de la Seguridad Social. Todos los ciudadanos noruegos tienen garantizada una pensión mínima. Trabajadores domésticos al cargo de niños menores de siete años, adultos que precisan cuidados y disminuidos psíquicos perciben, desde 1992, tres puntos de pensión cada año, lo que les permite adquirir el derecho a una pensión adecuada sin haber tenido empleo remunerado. En 1999, la pensión mínima de un jubilado asciende a NOK 84.204 al año.
La cuantía de la pensión de jubilación depende del tiempo de actividad laboral y de los ingresos obtenidos. Actualmente, la mayoría de los jubilados varones y bastantes jubiladas han adquirido el derecho a beneficiarse de pensión suplementaria. Esta consiste aproximadamente en la mitad del salario que percibían. Debido al sistema de cálculo de la pensión suplementaria, las personas con salarios elevados experimentan al jubilarse un descenso de ingresos relativamente mayor que las personas con salarios bajos.
Muchas empresas tienen su propio régimen de jubilación: el empleado paga una cuota que proporciona una pensión adicional, además de la pensión de vejez. Los funcionarios públicos perciben una pensión que equivale a dos tercios de su salario anterior: un nivel usual en regímenes de jubilación privados. Además, algunos conciertan seguros de jubilación individuales para mayor seguridad económica en la vejez.
Desempleo
Todo trabajador por cuenta ajena que haya tenido ocupación anteriormente y percibido unos ingresos mínimos tiene derecho a prestación por desempleo de la Seguridad Social. En todas las ciudades y municipios importantes de Noruega hay una Oficina de Empleo estatal, que administra el régimen de prestaciones por desempleo. La prestación por desempleo comprende una cierta proporción de los ingresos percibidos durante el último período de ocupación previo a la situación de paro involuntario, con un tope máximo bien por debajo del salario medio de un trabajador industrial y un período máximo de 78 ó 156 semanas. La duración de la prestación depende del salario percibido por el interesado cuando tenía empleo. Los solicitantes de la prestación deberán inscribirse en la Oficina de Empleo y están obligados a aceptar el trabajo que se les asigne.
Maternidad
La mujer que haya ocupado un puesto de trabajo asalariado durante, al menos, seis de los últimos diez meses inmediatamente anteriores al parto, tendrá derecho a un subsidio de maternidad equivalente al salario completo, con un tope máximo de seis veces la cuantía básica de la Seguridad Social. La madre podrá elegir entre 42 semanas de permiso con sueldo íntegro ó 52 semanas con el 80 por 100. Tres semanas de permiso deberán disfrutarse antes del parto. Cuatro semanas del período de prestación deberán ser tomadas por el padre (la cuota paterna.)
Un régimen de "cuentas" temporales permite a los padres abstenerse de coger todo el período de permiso de una sola vez, pudiendo retener días no utilizados en su "cuenta" y disfrutarlos libremente en el plazo de dos años.
La mujer que no haya tenido trabajo remunerado, recibirá una cantidad única de NOK 32.138 en concepto de subsidio de maternidad. Se concede una asignación periódica por cada hijo menor de 16 años. La asignación mensual por un hijo es de NOK 926.
En agosto de 1998 se aprobó una nueva reforma de las prestaciones por maternidad, que establece la llamada "prestación en efectivo ", aplicable, desde agosto de 1998, a los niños de un año y a los niños de dos años a partir de enero de 1999. Se trata de un régimen de subsidio de maternidad del que podrán beneficiarse aquellas familias que no utilicen la oferta de guarderías o cuyos hijos asistan a un centro de educación infantil menos de 30 horas semanales. La cuantía de la ayuda dependerá del tiempo de permanencia del niño en la guardería. La prestación en efectivo completa es de NOK 3.000 mensuales.
En la actualidad, el 60 por 100 de los niños mayores de un año y menores de seis asisten a guarderías. En Noruega siguen faltando plazas de guardería, si bien el objetivo explícito de las autoridades es alcanzar plena cobertura hacia el año 2000. La Ley de Guarderías infantiles, de 5 de mayo de 1995, entró en vigor el 1 de enero de 1996
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La reforma escolar que entró en vigor en el otoño de 1997 determina que los niños empiecen la escolaridad obligatoria a la edad de seis años. Un reglamento específico de la Ley de la Escuela primaria establece el deber de los Ayuntamientos de ofrecer un sistema de atención y vigilancia de niños menores de diez años en el colegio, antes y después de las horas de clase.
El ministro de los niños
En Noruega hay un ministro responsable de los asuntos del niño y de la familia. Son de la competencia del Ministro de Asuntos del Niño y de la Familia la protección del menor, las guarderías infantiles y la igualdad entre los sexos. Noruega fue el primer país del mundo que nombró un defensor (ombudsman) del niño.
Los Ayuntamientos son responsables de la vigilancia de las condiciones de vida de los niños y los adolescentes, inclusive en sus propios hogares. La normativa más importante en la materia se recoge en la Ley de Protección de Menores. El ente municipal podrá intervenir en casos donde las condiciones sean insatisfactorias, dar consejos y asesoramiento y prestar ayuda económica o de tipo práctico.
Si tales medidas preventivas no surten efecto, el Ayuntamiento podrá proponer a la Comisión Provincial de Asuntos Sociales que asuma la responsabilidad del menor y lo entregue a una institución u hogar de acogida. La corriente migratoria a los grandes centros urbanos, el aumento de los divorcios, la entrada de la mujer en la vida laboral, el incremento del alcoholismo y la drogadicción, son factores que contribuyen a que las condiciones de vida de la población infantil ya no sean tan estables y protegidas como lo eran en otros tiempos.
Informe al Parlamento sobre Bienestar Social
En 1995, el Gobierno de Gro Harlem Brundtland presentó un informe especial – Stortingsmelding nr. 35 (1994-1995)) - , conocido como el Informe sobre Bienestar Social, que ofrece una visión de conjunto de la sociedad de bienestar en Noruega y contiene diversas propuestas para asegurar el Estado de Bienestar noruego en el siglo XXI.
En 1999, el Gobierno Bondevik presentó el "Informe sobre la nivelación de las condiciones sociales" – Stortingsmelding nr. 50 (1998-1999) – en el cual, entre otras cosas, se pone de manifiesto que si bien los servicios de bienestar social de Noruega funcionan a satisfacción de la inmensa mayoría, siguen existiendo grupos que quedan más o menos al margen del desarrollo del bienestar en la sociedad. El informe propone medidas que contribuirán a lograr una mayor igualdad de ingresos y condiciones de vida de la población.
La autora del artículo, Målfrid Bolstad, es periodista independiente.
UDA739SPA
Producido por Nytt fra Norge para el Real Ministerio de Asuntos Exteriores
en junio de 2000. El autor del artículo se hace responsable del contenido.